Ley del Instituto Mexicano de la Juventud (Se encuentra en el No. 117 de Cámara de Diputados ) Reforma 04-02-2015
AÑO DE PUBLICACION 1999
ULTIMA REFORMA 04/02/2015
La población de entre 12 y 29 años, sera objeto de las politicas, programas, servicios y acciones que el Insitutto lleve a cabo, sin distinción de origen étnico o nacional, género, discapacidad, condición social, de salud, religión, opciones preferenciaas, estado civil o cualquier otra.
Objetivo: Promover y fomentar las condiciones que aseguren a la juventud un desarrollo pleno e integral, en condiciones de igualdad y no discriminación con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ordenamientos legales y Tratados Internacionales suscritos por el Estado mexicano. Permitir incorporar plenamnete a los jóvenes al desarrollo del país.
Mejorar las condiciones de salud y educación de los jovenes indigenas, así como espacios para la convivencia y recreación. Elaboraraciones de programas y cursos de orientación e informaicón sobre adicciones, nitrición, educación sexual y sobre salud reproducctiva, derechos humanos, cultura de la no violencia y no discriminación , equidad de género, medio ambiente apoyo a jóvenes en situacón de exclusión y vivienda. Con respecto a las perosnas afromexicanas no se hace mención de ellas, y con las mujeres indígenas se mencoonan en diferentes 6 apartados. Reforma 2011.